Getafe, 14 de octubre de 2016.- El Obispado de Getafe, ante algunas informaciones aparecidas en los medios de comunicación en los últimos días en relación a una vivienda de su propiedad ocupada de forma ilegal en Móstoles, desea manifestar que, con la mejor voluntad posible para responder a las necesidades propias y ajenas, sigue y seguirá ofreciendo su colaboración para que, conforme a la justicia y al bien común, se pueda encontrar una solución que concilie el cumplimiento de un mandato judicial y la atención a la situación de vulnerabilidad de las personas implicadas en este asunto.
Hechos probados en una sentencia judicial dictada el pasado 19 de septiembre por el Juzgado de Instrucción número 5 de Móstoles demuestran que el pasado mes de julio, entre los días 2 y 4, dos personas adultas ocuparon ilegalmente una vivienda sita en el municipio de Móstoles y cuya propiedad pertenece al Obispado de Getafe. Dicha vivienda sirvió de domicilio habitual a una comunidad religiosa hasta el año 2012, estaba siendo esporádicamente utilizada por un sacerdote, y se encontraba preparada para recibir próximamente a una nueva comunidad religiosa. Prueba de ello es que se encontraba al tanto de los pagos pertinentes de suministros básicos (agua y luz) y con la comunidad de propietarios. La vivienda, por tanto, no estaba abandonada.
Miembros del Obispado se personaron en julio en el domicilio al tener noticia de la ocupación, alertados por vecinos, preocupados por algunos hechos causados por los ocupantes.
La cerradura había sido cambiada, por lo que no pudieron acceder a la misma. Al llamar, se encontraron con dos personas que les manifestaron su intención de permanecer en el piso.
En ese momento, los representantes del Obispado les ofrecieron buscar una solución habitacional legal que permitiera conciliar las necesidades tanto de estas personas como de la propia institución, planteando la opción de recurrir a Cáritas Diocesana, que dispone de una red de casas de acogida para personas en situación de vulnerabilidad, o la posibilidad de hablar con los servicios sociales municipales. Sin embargo, las ocupantes de la vivienda no accedieron a esta posibilidad.
Ante esta situación, el Obispado se vio en la necesidad de presentar una denuncia ante las instancias pertinentes. El pasado 19 de septiembre de 2016, el Juzgado de Instrucción número 5 de Móstoles dictó sentencia (1080/2016). En la misma se recoge lo siguiente:
- Queda probada la ocupación ilegal de la vivienda, sin autorización del propietario, con vocación de permanencia, negándose a abandonar la misma.
- El fallo insta a que la vivienda sea restituida a su propietario en el plazo de un mes.
Se trata, por tanto, de un desalojo o alzamiento de la vivienda ordenado por un juez, no de un desahucio, como han informado algunos medios de comunicación, ante el que el Obispado ha renunciado incluso a pedir cualquier tipo de indemnización a las ocupantes.
En este conflicto, como queda reflejado en la citada sentencia, no han influido en modo alguno las opciones personales, ya sean religiosas, políticas o sexuales, de las responsables de la ocupación, en contra de lo que han manifestado diversos medios de comunicación y las propias implicadas.
El Obispado lamenta la situación en la que se encuentran las personas que han ocupado ilegalmente la vivienda y ofrece su colaboración para que, conforme a la justicia y al bien común, se pueda encontrar una solución adecuada.